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Bases de datos de acceso público

   
 

REACH prevé el acceso del público a información relacionada con sustancias a las que pueda verse expuesto. A través de su sitio web, la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA) permite el acceso gratuito a la información no confidencial que se halla en la base de datos de la Agencia, incluidas las propiedades peligrosas, la clasificación y el etiquetado, los usos autorizados y las medidas de gestión del riesgo.

Información en poder de la Agencia

La base de datos de la Agencia recoge la información presentada para los procedimientos de registro, autorización y restricción. Además, de conformidad con el Reglamento (CE) n° 1272/2008 , la Agencia establecerá y mantendrá un catálogo de clasificación y etiquetado. En el marco de la notificación de la clasificación y el etiquetado de las sustancias contemplada en dicho Reglamento, todo fabricante, productor de artículos o importador deberá notificar a la Agencia la siguiente información, salvo que la haya presentado anteriormente como parte de un expediente de registro:

  • la identidad de los fabricantes, productores de artículos o importadores responsables de la comercialización de las sustancias;
  • la identidad de las sustancias;
  • la clasificación del peligro de las sustancias;
  • el etiquetado del peligro para las sustancias;
  • los límites de concentración específicos, cuando así se requiera.

La Agencia registrará si, para dicha entrada, hay una clasificación y un etiquetado armonizados a nivel comunitario.

Información de acceso público por vía electrónica

En el sitio web de la Agencia, se pondrá a disposición del público de forma gratuita la siguiente información sobre las sustancias, ya sea como tales, presentes en mezclas o contenidas en artículos:

  • el nombre o nombres de la sustancia, excepto en el caso de algunas sustancias para las cuales se haya cursado una solicitud de confidencialidad;
  • la clasificación y el etiquetado de la sustancia;
  • los datos fisicoquímicos relativos a la sustancia, así como los datos sobre las vías de llegada y el comportamiento o destino de la sustancia en el medio ambiente;
  • el resultado de cada estudio toxicológico y ecotoxicológico;
  • todo nivel sin efecto derivado (DNEL)1 o concentración prevista sin efectos (PNEC)2;
  • las orientaciones sobre el uso seguro;
  • los métodos analíticos, en caso de que se soliciten, de conformidad con los anexos IX o X de REACH, que permiten detectar una sustancia peligrosa vertida en el medio ambiente, así como determinar la exposición directa en personas.

Salvo que la solicitud de confidencialidad presentada por el agente que envía los datos se considere justificada, también se publicará la siguiente información:

  • el grado de pureza de la sustancia, y la identidad de las impurezas y/o aditivos clasificados como peligrosos, en caso de que sea fundamental para la clasificación y el etiquetado;
  • el intervalo de tonelaje total para el cual se ha registrado una sustancia determinada;
  • los resúmenes de los estudios3 o los resúmenes amplios de los mismos4;
  • la información adicional incluida en la ficha de datos de seguridad, que viene a completar la información de libre acceso;
  • el nombre o nombres comerciales de la sustancia.

 

1. DNEL: nivel de exposición a la sustancia por encima del cual no debe exponerse a un grupo de seres humanos.
2. PNEC: concentración de la sustancia por debajo de la cual no se esperan efectos adversos en el compartimiento ambiental de que se trate.
3. Resumen de un estudio: resumen de los objetivos, métodos, resultados y conclusiones del informe exhaustivo de un estudio que contiene suficiente información para evaluar la relevancia del mencionado estudio.
4. Resumen amplio de un estudio: resumen detallado de un estudio3 que contiene suficiente información para realizar una evaluación independiente del mismo, minimizando la necesidad de consultar el informe exhaustivo del estudio.

 

CNRS

Prévention du risque chimique, Francia, 2007, 2010
Este documento es de carácter meramente informativo y bajo ninguna circunstancia constituye asesoramiento jurídico. La única referencia legal auténtica es el texto del Reglamento REACH (Reglamento (EC) n° 1907/2006).