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Conformidad con la ficha de datos de seguridad

   
 

En virtud de REACH, los usuarios intermedios deberán respetar las condiciones de uso y las medidas de gestión de riesgos recomendadas por los fabricantes e importadores. Por lo tanto, al recibir la ficha de datos de seguridad (FDS), el usuario de una sustancia o mezcla peligrosa deberá comprobar:

  • su conformidad con el uso descrito y el respeto de las hipótesis de exposición,
  • el respeto de las medidas de gestión del riesgo,
  • la conformidad con una autorización concedida o con las restricciones impuestas.

Esta comprobación se realizará de acuerdo con un procedimiento por etapas.

La primera etapa consiste en comprobar que el uso previsto de la sustancia corresponde a alguno de los usos descritos en la sección 1.2 de la FDS. Si se trata de una FDS ampliada con una o más hipótesis de exposición, también deberá comprobarse la conformidad del uso con una de las hipótesis de exposición descritas.

La segunda etapa consiste en controlar que las condiciones reales de uso se corresponden con las condiciones de uso seguras descritas en las hipótesis de exposición.

Si el uso previsto no está incluido en la FDS y en las hipótesis de exposición, o si las condiciones reales de uso no son conformes a las medidas de gestión del riesgo, el usuario deberá adoptar las acciones necesarias. Así, podrá:

  • solicitar al proveedor que modifique el informe sobre la seguridad química (CSR) y que desarrolle una nueva hipótesis de exposición para convertir dicho uso en uso identificado (véase Obligación de transmitir información);
  • adaptar su actividad: puede transformar el uso de que se trate en un uso identificado, mejorar las condiciones de uso con el fin de respetar las medidas de gestión del riesgo o intentar sustituir la sustancia por otra menos peligrosa;
  • buscar otro proveedor que ofrezca una hipótesis de exposición que cubra dicho uso o que esté dispuesto a desarrollar una nueva hipótesis;
  • elaborar su propio informe sobre la seguridad química, de conformidad con el Anexo XII de REACH. El usuario generará una hipótesis de exposición que contemple el uso en cuestión. Así pues, deberá adjuntar esta hipótesis de exposición a su propia FDS, así como notificar este uso a la Agencia. En algunos casos, en particular cuando la sustancia se usa para la investigación orientada a productos y procesos o cuando la cantidad total utilizada es inferior a 1 tonelada anual, el usuario podrá quedar exento de elaborar un CSR pero siempre deberá presentar una notificación. Por último, la tercera comprobación se refiere a las sustancias que requieran autorización o que estén afectadas por alguna restricción de uso (véase Sustancias utilizables). La sección 15 de la FDS permite saber al usuario si estas medidas le afectan. En este caso, deberá comprobar que su uso se ajusta a una autorización concedida o que respeta las restricciones establecidas para la sustancia.

Plazos

Si los usos están cubiertos, el usuario dispondrá de 12 meses para implantar las medidas facilitadas en la FDS ampliada a contar desde el momento de su recepción. Si los usos no están cubiertos, el usuario dispondrá de 12 meses para realizar su propia valoración de la seguridad química (CSA) y para establecer las hipótesis de exposición relacionadas.

Prévention du risque chimique, Francia, 2007, 2011
Este documento es de carácter meramente informativo y bajo ninguna circunstancia constituye asesoramiento jurídico. La única referencia legal auténtica es el texto del Reglamento REACH (Reglamento (EC) n° 1907/2006).